Horas extras

Cuánto valen tus horas extras según la Ley 15.996.

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Fuente: Ley N° 15.996, artículo 1.

Estimación con los recargos mínimos de ley. Tu convenio o laudo puede fijar recargos mayores, y puede aplicar sobretasa por nocturnidad (Ley 19.313).

100% privado: todo se calcula en tu navegador, no guardamos ningún dato. Valor verificado con fuente oficial.

¿Cómo se pagan las horas extras en Uruguay?

La Ley 15.996 define como hora extra la que excede el límite de tu jornada. Se pagan con recargo sobre el valor de tu hora común:

Recargos de horas extras — Ley 15.996
Tipo de horaRecargoSe cobra
Extra en día hábil100%2 veces el valor hora
En feriado o día de descanso semanal150%2,5 veces el valor hora

Fuente: Ley N° 15.996, artículo 1. El recargo del 150% se aplica sobre el valor hora de los días laborables.

El valor hora se obtiene dividiendo tu sueldo mensual entre las horas del mes según tu jornada: con 48 horas semanales se divide entre 240; con 44, entre 220; con 40, entre 200.

Ejemplo completo

Con un sueldo de $42.000 y jornada de 48 horas: tu hora común vale $42.000 ÷ 240 = $175. La hora extra en día hábil vale $350 y en feriado, $437,50. Si en el mes hiciste 10 horas extras hábiles y trabajaste 8 horas un feriado, cobrás 10 × $350 + 8 × $437,50 = $7.000 adicionales en el mes.

Reglas que tenés que conocer

  • Máximo: el empleador puede disponer hasta 8 horas extras por semana, con tu consentimiento; superar ese tope requiere autorización del MTSS o excepciones del Poder Ejecutivo.
  • Fracciones: las menores de 30 minutos se computan como media hora, y las mayores como una hora.
  • Carácter salarial: lo cobrado por horas extras es salario: lleva aportes y se computa para el aguinaldo.
  • Licencia: el promedio de horas extras del año también incide en el jornal de tu licencia y en el salario vacacional.
  • Nocturnidad: si trabajás de noche (entre las 22 y las 6, más de 5 horas), puede corresponder además la sobretasa por trabajo nocturno de la Ley 19.313 y de tu convenio.

Fuentes oficiales

Ley N° 15.996 (horas extras) y Ley N° 19.313 (trabajo nocturno). Esta calculadora usa los recargos mínimos de ley: tu laudo o convenio colectivo puede fijar valores mayores.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga la hora extra en Uruguay?

El doble del valor de tu hora común en días hábiles, y 2,5 veces en feriados o días de descanso semanal (recargos del 100% y 150%, Ley 15.996).

¿Cómo se calcula el valor de mi hora?

Dividí tu sueldo nominal mensual entre las horas del mes: 240 si tu jornada es de 48 horas semanales, 220 si es de 44 y 200 si es de 40.

¿Las horas extras son obligatorias?

El empleador puede disponer hasta 8 horas extras semanales con el consentimiento del trabajador. Más allá de ese límite se necesita autorización del MTSS o una excepción vigente del Poder Ejecutivo.

¿Las horas extras inciden en el aguinaldo y la licencia?

Sí. Tienen carácter salarial (integran la base del aguinaldo) y su promedio anual se computa para el jornal de licencia y el salario vacacional.

¿Qué pasa con las horas extras nocturnas?

Además del recargo por hora extra, el trabajo nocturno (más de 5 horas entre las 22 y las 6) genera una sobretasa según la Ley 19.313 y tu convenio colectivo. Revisá tu laudo: varios sectores fijan porcentajes mayores.