Vacaciones y feriado progresivo (Chile)
Tus 15 días hábiles anuales más los días progresivos por antigüedad (art. 68 del Código del Trabajo).
Fuente: Código del Trabajo, arts. 67 y 68; Dirección del Trabajo — feriado anual y progresivo.
Los 15 días son hábiles (el sábado se cuenta como inhábil para este cálculo), por lo que equivalen a unas 3 semanas corridas. El feriado progresivo suma 1 día por cada 3 años después de la base.
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Los 15 días hábiles y el feriado progresivo
Por cada año de servicio te corresponden 15 días hábiles de feriado (art. 67 del Código del Trabajo), contando el sábado como inhábil: en la práctica son 3 semanas corridas, y si cruzan un feriado legal, esos días tampoco se descuentan. Con antigüedad ganas días extra por el feriado progresivo (art. 68): 1 día hábil adicional por cada 3 años que trabajes después de completar la base, que es de 10 años con el mismo empleador o de 13 años sumando empleadores anteriores (acreditados con certificados).
Ejemplo con los valores de la calculadora: con 13 años en la misma empresa cumples la base de 10 y sumas 1 día progresivo: 16 días hábiles al año. Con un sueldo imponible de $800.000, cada día vale $26.667 (sueldo ÷ 30), por lo que tus 16 días equivalen a $426.667 si alguna vez se pagan en dinero.
¿Cuándo se pagan las vacaciones en dinero?
La regla es que las tomes como descanso: el feriado no se puede compensar en dinero mientras el contrato sigue vigente (salvo el exceso sobre 15 días en casos puntuales de acumulación por acuerdo). Al término del contrato, los días acumulados y no usados se pagan en el finiquito como vacaciones proporcionales, con el valor día que estima esta calculadora. También puedes acumular hasta dos períodos seguidos de feriado si lo acuerdas por escrito con tu empleador.
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Preguntas frecuentes
¿Los días progresivos se pierden si cambio de empleo?
Los años con empleadores anteriores no se pierden si los acreditas oportunamente con certificados: sirven para completar la base de 13 años en tu nuevo empleo, y desde ahí sigues sumando días por cada 3 años adicionales.
¿Cuentan los años con contrato a plazo fijo o por obra?
Sí, si son con el mismo empleador y de forma continuada: la antigüedad se mide por el tiempo servido, no por el tipo de contrato. Los períodos con distintos empleadores solo se suman vía la base de 13 años acreditada.
¿Puedo pedir mis vacaciones cuando quiera?
Se acuerdan con el empleador, que debe darlas preferentemente en primavera o verano según la norma, y al menos 10 de los 15 días deben ser continuos. Los días restantes (y los progresivos) pueden fraccionarse por acuerdo.
Fuentes oficiales: Código del Trabajo, arts. 67 a 73; Dirección del Trabajo — feriado anual y feriado progresivo.