Ajuste de alquiler (Argentina)

Cuánto pasa a pagar tu alquiler con el ajuste por IPC o ICL de tu contrato.

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Fuente: Contratos posteriores al DNU 70/2023: el índice y la frecuencia son los pactados (lo más común: IPC o ICL).

Los contratos firmados entre julio de 2020 y diciembre de 2023 se ajustan una vez al año por el ICL del BCRA (Ley 27.551). Verificá qué índice dice tu contrato antes de aplicar el número.

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Cómo funciona el ajuste de tu alquiler hoy

Desde el DNU 70/2023, los contratos nuevos pactan libremente el índice y la frecuencia del ajuste: lo más común es el IPC del INDEC o el ICL del BCRA, con actualizaciones trimestrales, cuatrimestrales o semestrales. La cuenta es directa: alquiler nuevo = alquiler actual × (1 + variación acumulada del índice en el período). Ejemplo con los valores de la calculadora: un alquiler de $500.000 con un ajuste acumulado del 25% pasa a $625.000 (un aumento de $125.000), y si el próximo período repitiera ese 25%, iría a $781.250.

De dónde sacás el porcentaje

Para el IPC: sumá las variaciones mensuales del INDEC entre el mes del último ajuste y el último publicado (el INDEC informa el dato a mediados del mes siguiente). Para el ICL: el BCRA lo publica a diario y el coeficiente es el cociente entre el ICL de la fecha de ajuste y el del inicio del período. Nuestra calculadora de inflación te da la acumulada anual como referencia rápida. Si tu contrato es de los firmados bajo la Ley 27.551 (julio 2020 a diciembre 2023), el ajuste es anual y solo por ICL: no se puede aplicar IPC ni otra frecuencia hasta que ese contrato termine.

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Preguntas frecuentes

¿El propietario puede ajustar por otro índice o con otro plazo?

Solo si el contrato lo pactó así. En los contratos posteriores al DNU vale lo firmado: índice (IPC, ICL, CVS u otro), frecuencia y hasta moneda. Lo que no esté en el contrato no se puede imponer de un lado solo.

¿Qué pasa si el contrato no dice nada del ajuste?

Sin cláusula de ajuste, el alquiler queda fijo en pesos durante todo el contrato: el locador no puede aumentarlo unilateralmente. Por eso, desde 2024, prácticamente todos los contratos incluyen cláusula de indexación.

Fuentes: DNU 70/2023; Ley 27.551 (contratos 2020–2023); BCRA — ICL; INDEC — IPC.