Gastos deducibles de un autónomo

Conoce qué gastos puede deducir un autónomo en el IRPF y en el IVA, qué requisitos exige la AEAT y cuáles son los casos especiales más habituales, como el vehículo o los suministros de la vivienda.

Qué hace que un gasto sea deducible: los tres requisitos de la AEAT

Para la Agencia Tributaria, un gasto de tu actividad es deducible en el IRPF si cumple tres requisitos a la vez: que esté vinculado a tu actividad económica (que sea propio de ella, no un gasto personal); que esté convenientemente justificado, de forma prioritaria con la factura de quien te prestó el servicio o te vendió el bien (artículo 106.4 de la Ley General Tributaria); y que esté registrado en tu contabilidad o en tus libros registro y correctamente imputado al ejercicio. Si falla uno de los tres, el gasto se cae.

Ojo, porque IRPF e IVA llevan reglas distintas: en el IRPF deduces el gasto (la base) para calcular tu rendimiento; en el IVA deduces la cuota soportada en tus liquidaciones del modelo 303. Un mismo desembolso puede ser deducible en un impuesto y no en el otro — el coche es el ejemplo clásico, como verás más abajo.

Los gastos deducibles más habituales

  • La cuota de autónomos (RETA). Es un gasto del titular de la actividad, deducible en el IRPF. Si una regularización te da a pagar más, ese importe es mayor gasto del ejercicio en que se regulariza; si te devuelven, es menor gasto.
  • Alquiler del local u oficina (arrendamientos y cánones): el alquiler de los bienes afectos a la actividad. Si el local es tuyo, en su lugar entran la amortización y los gastos de titularidad.
  • Servicios de profesionales independientes: la gestoría o el abogado, el economista, el notario… y las comisiones de agentes independientes.
  • Primas de seguros de la actividad: responsabilidad civil, el seguro del local o de la mercancía. El seguro de salud tiene regla propia: deducible para ti, tu cónyuge y tus hijos menores de 25 años que convivan contigo, con un límite de 500 € por persona y año (1.500 € si la persona tiene discapacidad).
  • Suministros y servicios exteriores del local: luz, agua, teléfono, internet, material de oficina, publicidad y propaganda (las atenciones a clientes y proveedores tienen un tope: el 1% de tu cifra de negocios).
  • Personal: sueldos y salarios y la Seguridad Social a cargo de la empresa de tus trabajadores.
  • Amortizaciones: el desgaste de tus bienes de inversión (el ordenador, la maquinaria, el mobiliario) se deduce año a año según las tablas oficiales; en estimación directa simplificada, por ejemplo, los edificios van al 3% y los equipos informáticos al 26% con un máximo de 10 años.

Trabajas desde casa: la regla del 30% en los suministros

Si afectas parcialmente tu vivienda habitual a la actividad (y lo has comunicado a la AEAT en el modelo 036/037), los suministros — agua, gas, electricidad, telefonía e internet — son deducibles aplicando un 30% a la proporción de metros cuadrados dedicados a la actividad sobre la superficie total, salvo que pruebes un porcentaje mayor o menor. Ejemplo: si tu vivienda tiene 100 m² y dedicas 20 m² a trabajar, deduces el 30% del 20% de esas facturas, es decir, un 6%.

Los gastos de titularidad de la vivienda (IBI, comunidad de propietarios, amortización o el alquiler) siguen otra regla: se deducen en proporción directa a los metros afectos y a tu porcentaje de titularidad, sin aplicar ese 30%.

El coche: el gasto con más truco

En el IRPF, un turismo solo está afecto a la actividad si se usa exclusivamente para ella: si lo usas también para tu vida privada, aunque sea de forma accesoria, no puedes deducir ni su compra ni sus gastos. La ley solo admite excepciones tasadas: vehículos mixtos de transporte de mercancías, transporte de viajeros con contraprestación (taxi, VTC), enseñanza de conductores, y los desplazamientos profesionales de representantes o agentes comerciales.

En el IVA la regla es otra: existe una presunción legal de afectación del 50%, así que por defecto deduces la mitad de la cuota del coche y de sus gastos; para deducir otro porcentaje hay que probar una afectación distinta (un taxi, por ejemplo, se presume afecto al 100%). Resultado práctico: el mismo coche puede darte el 50% en el IVA y el 0% en el IRPF.

Dietas: comer fuera trabajando

Los gastos de manutención del propio autónomo son deducibles si se producen en el desarrollo de la actividad, en establecimientos de restauración y hostelería, pagados por medios electrónicos y dentro de los límites que el Reglamento del IRPF fija para las dietas de los trabajadores: en España, 26,67 € al día sin pernocta en municipio distinto y 53,34 € pernoctando; en el extranjero, 48,08 € y 91,35 € respectivamente. El exceso sobre esos importes no es deducible.

El 5% de gastos de difícil justificación (solo en simplificada)

Si estás en estimación directa simplificada, además de tus gastos justificados puedes aplicar un 5% sobre el rendimiento neto positivo en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación, con un tope de 2.000 € al año. Es una especialidad de la modalidad simplificada: en estimación directa normal ese porcentaje no existe y todo gasto necesita su justificante.

Fuentes oficiales

Agencia Tributaria — Manual práctico de Renta (estimación directa): requisitos para considerar un gasto deducible; gastos del titular de la actividad (cuota RETA y manutención, artículo 30.2.5ª de la LIRPF); suministros de la vivienda parcialmente afecta; criterios de afectación de elementos patrimoniales; y Manual del IVA (presunción del 50% en vehículos, artículo 95 de la Ley del IVA). Verificado en la Sede de la AEAT en octubre de 2026.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir mi cuota de autónomos?

Sí. Las cotizaciones al RETA del titular son un gasto deducible en el IRPF en estimación directa. No llevan IVA, así que en el modelo 303 no aparecen: su sitio es tu rendimiento neto del modelo 130 y de la Renta.

¿Puedo deducir el 100% del IVA de mi coche?

Por defecto, no: la Ley del IVA presume que el coche está afecto a la actividad en un 50%, y ese es el porcentaje que puedes deducir sin más prueba. Para deducir más — hasta el 100% en actividades como el taxi o el transporte de viajeros — tienes que poder probar esa afectación mayor; y Hacienda puede exigirte lo contrario si el uso profesional es menor. En el IRPF, además, la regla es más dura: sin uso exclusivo (o una de las excepciones legales), no hay deducción.

Trabajo desde casa, ¿qué parte de la luz e internet me deduzco?

El resultado de aplicar el 30% a la proporción de tu vivienda que usas para trabajar. Si dedicas el 20% de los metros a la actividad, deduces el 30% de ese 20%: un 6% de las facturas de suministros. La afectación parcial debe estar comunicada a la AEAT, y los gastos de titularidad (IBI, comunidad) van por proporción directa de metros, sin el 30%.

¿Un ticket o una factura simplificada sirven para deducir?

Como regla general, no basta: la AEAT exige que el gasto esté justificado de forma prioritaria mediante factura a tu nombre con tu NIF. Pide siempre factura completa de tus gastos profesionales; el ticket es la causa más tonta de perder una deducción que sí te correspondía.

¿Puedo deducir mi seguro médico privado?

Sí, en estimación directa: las primas de seguro de enfermedad tuyas, de tu cónyuge y de tus hijos menores de 25 años que convivan contigo son deducibles con un límite de 500 € por persona y año (1.500 € por persona con discapacidad). Es de los pocos gastos «personales» que la ley deja pasar, y solo hasta ese tope.

¿Qué gastos no son deducibles nunca?

Los personales no vinculados a la actividad, los que no puedas justificar con factura o no hayas registrado, las multas y sanciones, los donativos, y los excesos sobre los límites legales (las dietas por encima de los importes diarios, las atenciones a clientes por encima del 1% de la cifra de negocios o el seguro de salud por encima de los 500 € por persona).