CTS noviembre 2026 (Perú): calculadora

Cuánto debe depositar tu empleador este 16 de noviembre.

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Fuente: TUO D. Leg. 650. RMV S/ 1,230 (D.S. 015-2026-TR). Asignación familiar S/ 123 (Ley 25129).

Cálculo informativo. Hasta el 31/12/2026 puedes retirar el 100% de tu CTS (Ley 32322).

100% privado: todo se calcula en tu navegador, no guardamos ningún dato. Valor verificado con fuente oficial.

¿Cuánto te depositan?

La CTS de noviembre se calcula con tu remuneración de octubre: sueldo básico + asignación familiar (S/ 123) + 1/6 de tu gratificación de julio, dividido entre 12 y multiplicado por tus meses trabajados (mayo-octubre).

Fecha límite

Tu empleador debe depositar tu CTS a más tardar el lunes 16 de noviembre de 2026 (el 15 cae domingo). Hasta el 31 de diciembre de 2026 puedes retirar el 100% (Ley 32322).

¿Qué es la CTS?

La CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) es un fondo de protección que tu empleador deposita en una cuenta a tu nombre dos veces al año: funciona como un seguro por si te quedas sin empleo. En un año completo equivale aproximadamente a una remuneración mensual, depositada en dos partes (mayo y noviembre).

¿Cómo se calcula la CTS? (con ejemplo)

  1. Arma tu remuneración computable: sueldo + asignación familiar (S/ 123 si te corresponde) + 1/6 de la gratificación de julio.
  2. Divide entre 12 y multiplica por los meses trabajados del semestre (mayo–octubre para el depósito de noviembre).
  3. En pequeña empresa (REMYPE) el depósito es el 50%; en microempresa no corresponde CTS.

Ejemplo: sueldo S/ 2.000 + asignación S/ 123 + 1/6 de gratificación S/ 353,83 → remuneración computable S/ 2.476,83 → CTS del semestre = S/ 1.238,42. La fórmula no cambia por año: los cálculos de 2023, 2024 o 2026 usan la misma regla; lo que cambia es tu sueldo.

¿Cuánto es la CTS según tu sueldo? (semestre completo)

Sueldo mensualCTS sin asignación familiarCTS con asignación (S/ 123)
S/ 1.230 (RMV)S/ 717,50S/ 789,25
S/ 1.500S/ 875,00S/ 946,75
S/ 2.000S/ 1.166,67S/ 1.238,42
S/ 3.000S/ 1.750,00S/ 1.821,75
S/ 5.000S/ 2.916,67S/ 2.988,42

¿Puedo retirar el 100% de mi CTS?

Sí, hasta el 31 de diciembre de 2026. La Ley N.° 32322 autoriza la libre disposición del 100% de los depósitos de CTS — total o parcial, incluso si sigues trabajando — a través de tu banco o caja. Desde 2027 la regla general vuelve a ser el retiro parcial de hasta el 50% (el 100% solo por cese o por enfermedad terminal/cáncer acreditado). Recuerda que la CTS es tu respaldo ante el desempleo: retirarla toda te deja sin ese colchón.

CTS trunca: si cesas antes del depósito

Si tu relación laboral termina, la CTS generada y no depositada (CTS trunca) se paga dentro de tu liquidación hasta la fecha de cese, y tu empleador debe entregarte la constancia de cese en 48 horas para que puedas disponer del fondo acumulado. La CTS depositada no se pierde por renunciar.

¿Qué pasa si no te depositan?

No depositar la CTS en plazo es una infracción grave: la empresa se expone a multas de SUNAFIL y debe pagar el depósito con intereses. Puedes denunciar gratis ante SUNAFIL (su calculadora y canales oficiales están en gob.pe/sunafil) presentando tu boleta o contrato.

Fuentes oficiales

TUO del D. Leg. 650. RMV S/ 1,230 desde el 1/10/2026 (D.S. 015-2026-TR).

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